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Moción contra la orden de la Comunidad de Madrid para la realización de proyectos del Programa de recualificación profesional de desempleados participantes en trabajos temporales de colaboración social

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Mociones presentadas en pleno municipal

El nuevo Programa de Recualificación Profesional de Desempleados Participantes en Trabajos Temporales de Colaboración Social, incluido en el Plan de Empleo del Gobierno de la Comunidad de Madrid, permite trabajar a los desempleados y desempleadas, que perciben una prestación en los Ayuntamientos por un período máximo de seis meses.

La Comunidad de Madrid, a través de esta Orden pretende hacer regresar a nuestra Comunidad, laboralmente hablando, a los tiempos de la esclavitud.

Dicha Orden establece una serie de subvenciones para aquellos Ayuntamientos que contraten personas en situación de desempleo y que estén cobrando la prestación contributiva o el subsidio por desempleo, con el fin de desarrollar una jornada de trabajo de hasta ocho horas, con la remuneración que perciben de la prestación o subsidio por desempleo y con el derecho a que perciban hasta el cien por cien de la base reguladora de la prestación por desempleo.

El planteamiento no puede ser más pernicioso y violento contra los derechos laborales que con tanto esfuerzo se han conquistado: personas trabajando prácticamente gratis para las Administraciones Locales de forma obligatoria, ya que la negativa a aceptar este “empleo” conlleva la pérdida de la prestación por un período de tres meses.

Consideramos que la Orden de la Comunidad de Madrid vulnera los derechos básicos de cualquier trabajador o trabajadora y atenta contra las condiciones básicas que rigen la normativa laboral, ya que además fomenta una forma de economía sumergida y de empleo encubierto.

En primer lugar cabe señalar que la prestación por desempleo de carácter contributivo representa un sistema de cobertura económica. Es un derecho que se genera durante la vida laboral del trabajador o trabajadora, al que contribuye todos los meses con una parte de las retenciones que se le practican a su salario.

Estamos diciendo que quienes están cobrando esta prestación han participado económicamente en la generación de la misma y, por tanto, no se entiende que tengan que trabajar para mantenerla, dada la sanción a la que se exponen si rechazan su ocupación en un trabajo temporal de colaboración social en un Ayuntamiento de nuestra Comunidad.

En segundo lugar, esta medida no representa otra cosa que una forma de potenciar el trabajo sumergido. Sirve para no contratar a trabajadores en condiciones laborales adecuadas y abre la puerta a que los desempleados y desempleadas puedan ocupar puestos estructurales en los Ayuntamientos.

La Orden en este punto es muy contradictoria si consideramos que se habla de contar con más personal cuando, en la actualidad, en muchos Ayuntamientos se han producido Expedientes de Regulación de Empleo, -en el peor de los casos-, o despidos individuales en sus plantillas.

En tercer lugar, los trabajadores que entren de forma obligatoria en este Programa no cotizarán a la Seguridad Social. Sí recibirán un complemento económico que servirá para gravar su tributación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, -IRPF.

El caso es que al contar con dos entidades pagadoras tendrán la obligación de cotizar si superan los once mil euros anuales, cantidad que con una sola entidad pagadora, -lo que ocurriría si cobraran únicamente la prestación-, se eleva a veintidós mil euros.

Este hecho llevará, en muchos casos, a que pierdan dinero cuando llegue el momento de realizar su Declaración de la Renta. Además, el hecho de que estén trabajando para un Ayuntamiento con una jornada completa de ocho horas, nos plantea serias dudas sobre su disponibilidad temporal para la búsqueda activa de empleo que se puedan calificar como tales o para completar su formación y reciclaje profesional, según los criterios que ellos mismos estimen más adecuados a su perfil profesional y los nichos de empleo existentes en el mercado de trabajo.

En cuarto lugar, esta es una medida más de política laboral discriminatoria hacia el eslabón más débil del desempleo. El parado de larga duración que ya no percibe ninguna prestación o subsidio está condenado a la pobreza y a la exclusión social.

En este momento hay que indicar que los desempleados y desempleadas que participen en este Programa no computarán como desempleados en las estadísticas oficiales, pero tampoco tendrán un contrato laboral. La situación en la que se encontrarán será una especie de limbo estadístico que permitirá a las Autoridades Regionales exhibir un supuesto descenso en el número de desempleados y desempleadas de nuestra Comunidad absolutamente ficticio.

Así las cosas, consideramos que esta Orden contraviene los derechos de los y las trabajadoras, ampara prácticas laborales propias del siglo XIX y atenta gravemente contra la dignidad de las personas.

Esta Orden de la Comunidad de Madrid la calificamos de indigna e ineficaz, discrimina, penaliza y criminaliza al desempleado, al que se tacha de vago y al que las instituciones tienen que controlar, ya que la percepción de su legítima prestación, a la que ha contribuido cuando estaba ocupado, presupone una inmovilidad voluntaria.

Por todo lo anterior, proponemos el siguiente

ACUERDO

  1. A que el Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid no se acoja a la Orden de Regulación de las Subvenciones para la Realización de Proyectos del Programa de Recualificación Profesional de Desempleados Participantes en Trabajos Temporales de Colaboración Social y no solicite ninguna subvención de las que se establecen en la citada Orden.

  1. Instar a la Comunidad de Madrid a que ponga en marcha un Plan de Empleo que genere soluciones para los desempleados y desempleadas de larga duración, mediante fórmulas de empleo de calidad.

  1. Instar a la Comunidad de Madrid a que haga partícipes a las Administraciones Locales en la puesta en marcha de iniciativas coordinadas en las políticas activas de empleo, que contribuyan a generar empleo de calidad, una formación y una reconversión del mercado de trabajo en nuestras ciudades.

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